Monitoreo Electrónico (Grillete)

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MONITOREO ELECTRÓNICO (GRILLETE)

La restrición de movimiento por grillete electrónico se define como restrcciones en la localidad de a quién se le imponga dicha condición.  El tipo de restricción  se considera al seleccionar el tipo de tecnología de monitoreo electrónico.  El nivel de restrcción siempre dependerá del riesgo de la persona en supervisión; mientras mayor sea el riesgo, mayores serán las restricciones.

Componentes del Programa de Monitoreo Electrónico:

Los niveles de restricción varían de un horario de 24 horas a restricción domiciliaria.  A continuación explicamos las diferencias:

Encarcelamiento Domiciliario:  esta es el componente más restrictivo. Requiere permancer en su casa o domilio las 24 horas del día except para necesidades médicas, citasción de Corte relacionadas al caso por le cual está siendo supervisado u otras actividades previamente aprobadas por la Corte.

Restricción Domiciliaria:  Este tipo de restricción le require a la persona que pemanezca en su residencia excepto cuando tenga salidas previamente aprobadas tales como:  empleo, educación, actividades religiosas, tratamiento, citas con el abogado, citación de Corte y/o órdenes de Corte.  Toda salida escencial puede ser aprobada por el Oficial de Probatoria, las salidas discrecionales serán autorizadas solamente mediante la Corte y/o Juez.

Salidas Escenciales:  salón de belleza o barber, supermercado, compras, banco, reunions con maestros de sus hijos y cualquier otra salida que no esté bajo la cateogría de salida discrecional según descrita en PR 5.40

Salidas Discrecionales:  Bajo nuestra política local, las salidas discrecionales deben ser solicitadas directamente la Corte por la perona en supervision.  Los Oficiales de Probatoria NO están autorizados para aprobar este tipo de salidas.  Ejemplo de salidas discrecionales son:  actividades de entretenimiento, aniversarios, cumpleaños, bodas, funerals, eventos regliosos relacionados a un funeral, bautismos, Día de San Velentín, Día de Las Madres, Día de los Padres, Halloween, eventos deportivos, acividades escolares, viajes fuera del distrito (Puerto Rico), visitas a la cárcel o institución correccional (local o federal) y eventos políticos.

Horario: La persona bajo supervision con esta restricción está requerida a permanecer en su residencia durante ciertos bloque de horarios. Si el horario exceed las 16 horas fuera de la residencia (dentro de las 24 horas corridas), se require aprobación y debe ser documentado.  Con la debida aprobación, estas horas pueden ser ajustadas para acomodarse a un horario de empleo o modificadas según estipule el Oficial de Probatoia.

Responsabilidad Financiera de la Persona Bajo Supervisión referente al Sistema de Monitoreo Electrónico:

La obligación de pagar los costos de la participación del programa de monitoreo electrónico será establecidos por la Corte.  El pago de la condición del grillete será de acuerdo a la tarifa que se cobre al momento, dichos costos deberán ser pagados mensualmente.  El no hacer sus pagos según le instruya el Oficial de Probatoria ser considerará una volación a las condiciones de supervision.  Todo participante del programa que tenga problemas financieros los cuales no le permitan hacer el pago pertinente deberá solicitar a la Corte la consideración de remoción de la condición de pago obligatorio.